Nueva Normativa de Ascensores en las Comunidades de Vecinos

Las últimas noticias sobre la modificación del régimen de propiedad horizontal para las comunidades de vecinos nos deja una buena noticia para acabar con la tortura de las personas aisladas. Y es que unos 3.000 andaluces de las 8 provincias de Andalucía se verán beneficiados de la nueva normativa que obliga a que los edificios donde vivan o trabajen personas con discapacidad o mayores de 70 años tengan ascensor.

Esta reforma ya ha sido publicada en el Boletín Oficial del Estado (BOE) y quiere abrir una puerta a la inclusión social y a la igualdad. Las comunidades de vecinos que se encuentren en esta situación se beneficiaran de unas ayudas de la Junta de Andalucía.

Se irá implantando progresivamente en todas las provincias de Andalucía. La condición para la instalación del ascensor es que el importe repercutido anualmente de las ayudas, una vez descontadas las subvenciones, no supere las 12 mensualidades ordinarias de gastos comunes.

Si en vuestra Comunidad de Propietarios necesitáis ayuda para realizar la gestión y administración de vuestro edificio podéis poneros en contacto con nosotros en 951 212 525

Entradas recomendadas