Cambiar administrador de fincas

Cambiar de administrador de fincas no tiene por qué convertirse en una fuente de tensión para la comunidad. Cuando existe descontento con la gestión actual, lo importante es actuar con orden, respetar los acuerdos de la Junta de Propietarios y garantizar que el traspaso de información se realiza correctamente.

Saber cómo cambiar de administrador de fincas sin conflictos permite evitar decisiones precipitadas, reducir las posibilidades de desacuerdo entre vecinos y, sobre todo, asegurar que la comunidad siga funcionando con normalidad durante todo el proceso.

En Afinca, como administradores de fincas en Málaga, trabajamos con comunidades de propietarios desde un enfoque basado en la cercanía, la transparencia y la gestión integral. Nuestro equipo multidisciplinar se ocupa de cuestiones económicas, administrativas, legales, de mantenimiento y de atención al vecino.

A continuación te explicamos cuándo puede ser conveniente plantear un cambio, cómo debe aprobarse y qué aspectos conviene tener preparados para que la transición sea lo más sencilla posible.

¿Cuándo es el momento de cambiar de administrador?

No todos los problemas puntuales justifican necesariamente un cambio. Una incidencia concreta, un retraso aislado o una diferencia de criterio pueden resolverse mediante una comunicación directa.

La situación cambia cuando los problemas se vuelven habituales y afectan al funcionamiento de la comunidad.

Motivos para cambiar de administrador de fincas

Entre los principales motivos para cambiar de administrador de fincas pueden encontrarse:

  • Falta de transparencia en las cuentas.
  • Dificultades continuas para contactar con el administrador.
  • Retrasos reiterados en la resolución de incidencias.
  • Escasa supervisión de proveedores y trabajos de mantenimiento.
  • Errores frecuentes en recibos, presupuestos o documentación.
  • Incumplimiento de acuerdos aprobados por la Junta.
  • Falta de información a presidente y propietarios.
  • Pérdida generalizada de confianza por parte de la comunidad.

Antes de tomar una decisión definitiva, resulta recomendable identificar problemas concretos y diferenciarlos de las simples discrepancias personales. Así, la Junta podrá valorar el cambio con criterios objetivos.

Cómo cambiar de administrador de fincas cuando se contrata a otro administrador

Una de las formas más cómodas de organizar la transición consiste en solicitar previamente una propuesta a otro profesional.

El nuevo administrador puede orientar al presidente sobre la documentación necesaria, los asuntos que deberían incluirse en el orden del día y las cuestiones que será necesario revisar cuando se produzca el traspaso. El competidor analizado que ocupa una de las primeras posiciones para esta búsqueda plantea precisamente la intervención del nuevo administrador como una forma de simplificar el procedimiento.

Eso no significa que el nuevo profesional pueda sustituir las competencias de la comunidad. La decisión de cesar y nombrar a quienes ejercen los cargos corresponde a la Junta de Propietarios. La Ley de Propiedad Horizontal atribuye expresamente a la Junta la facultad de nombrarlos y removerlos.

Por tanto, lo recomendable es que exista coordinación entre presidente, propietarios y nuevo administrador, manteniendo siempre el procedimiento formal correspondiente.

Pasos para cambiar de administrador de fincas

Seguir un procedimiento ordenado reduce considerablemente el riesgo de problemas posteriores.

1. Revisar la situación y el contrato actual

Antes de convocar la junta, revisad:

  • La fecha de nombramiento del administrador.
  • Las condiciones económicas acordadas.
  • La duración prevista del servicio.
  • Las posibles cláusulas de preaviso.
  • Los asuntos o incidencias que están actualmente en marcha.

También es conveniente preparar una relación objetiva de los motivos por los que se propone el cambio.

2. Convocar correctamente la junta de propietarios

La convocatoria corresponde al presidente. Si no actúa, la Ley permite promover la reunión a la cuarta parte de los propietarios o a un número de ellos que represente al menos el 25 % de las cuotas de participación.

La convocatoria debe indicar los asuntos a tratar, así como el lugar, día y hora de celebración en primera y, cuando corresponda, segunda convocatoria.

Puedes ampliar información sobre el funcionamiento de estas reuniones en nuestra guía sobre la junta de vecinos.

3. Incluir el cambio en el orden del día

Es importante que la propuesta figure claramente en el orden del día.

Por ejemplo:

“Cese del actual administrador de fincas y, en su caso, nombramiento de nuevo administrador.”

De este modo, los propietarios conocen de antemano qué decisión se va a someter a votación y pueden acudir preparados.

4. Votar el cese y el nombramiento del nuevo administrador

Durante la reunión se presentan las razones del cambio, las posibles alternativas y las propuestas económicas recibidas.

Puede resultar especialmente útil disponer antes de la junta de uno o varios presupuestos, de forma que la comunidad pueda resolver tanto el cese como el nombramiento del sustituto y evitar un periodo innecesario de incertidumbre.

La mayoría aplicable deberá calcularse conforme a las reglas de la Ley de Propiedad Horizontal y a las circunstancias concretas de celebración de la junta.

5. Reflejar el acuerdo en el acta

El acuerdo adoptado debe quedar correctamente reflejado en el libro de actas.

La Ley exige que el acta recoja, entre otros aspectos, la fecha y lugar de celebración, autor de la convocatoria, asistentes y cuotas de participación, orden del día y acuerdos adoptados. También establece que debe cerrarse con las firmas del presidente y del secretario al finalizar la reunión o dentro de los diez días naturales siguientes.

Una documentación clara ayuda a evitar dudas posteriores.

6. Comunicar el cese y organizar el traspaso

Una vez aprobado el cambio, debe notificarse el acuerdo al administrador saliente y coordinarse la entrega de la documentación.

Lo más conveniente es mantener una comunicación profesional y centrada en cuestiones concretas: fecha del cambio, documentos pendientes, situación bancaria, proveedores, incidencias abiertas y gestiones urgentes.

Cuanto más ordenado sea este proceso, menor será el riesgo de que la comunidad sufra interrupciones.

Documentación que debe transferir el administrador saliente

La documentación pertenece a la gestión de la comunidad y debe quedar disponible para sus titulares. La Ley de Propiedad Horizontal incluye entre las funciones del administrador, cuando actúa como secretario, la custodia de la documentación de la comunidad a disposición de los propietarios.

El traspaso debería revisarse mediante un inventario para comprobar que no falta información esencial.

Documentación económica y bancaria

Entre otros documentos:

  • Balances y estados de cuentas.
  • Extractos bancarios.
  • Relación de ingresos y gastos.
  • Presupuestos aprobados.
  • Facturas recibidas y pendientes de pago.
  • Relación de propietarios con cuotas pendientes.
  • Información sobre derramas.
  • Información fiscal y tributaria de la comunidad.

Una administración organizada debe permitir que la nueva gestión conozca desde el primer día la situación económica real de la finca.

Documentación jurídica y administrativa

También deben revisarse:

  • Libro de actas.
  • Estatutos y título constitutivo disponibles.
  • Contratos vigentes.
  • Pólizas de seguros.
  • Certificados.
  • Expedientes administrativos.
  • Comunicaciones relevantes.
  • Documentación laboral, cuando exista personal contratado.
  • Información relativa a procedimientos judiciales o reclamaciones en curso.

La Ley atribuye específicamente al secretario la custodia del libro de actas y establece además determinados periodos de conservación para convocatorias, comunicaciones, representaciones y otros documentos relacionados con las juntas.

Contratos, incidencias y gestiones en curso

No basta con entregar carpetas.

El nuevo administrador también necesita conocer qué está ocurriendo actualmente en la comunidad:

  • Averías pendientes.
  • Presupuestos solicitados.
  • Obras en ejecución.
  • Reclamaciones a proveedores.
  • Siniestros abiertos con aseguradoras.
  • Contratos próximos a vencer.
  • Procedimientos de reclamación de deuda.
  • Revisiones e inspecciones pendientes.

Asimismo, cuando se transfieran datos personales de propietarios, debe mantenerse un tratamiento adecuado de la información. Puedes consultar nuestra guía sobre protección de datos en comunidades de propietarios.

Cómo seleccionar un nuevo administrador de fincas

Cambiar de administrador solamente merece la pena si la nueva gestión mejora aquello que estaba fallando.

Por eso, elegir únicamente por precio puede terminar generando los mismos problemas unos meses después.

Afinca cuenta con un equipo multidisciplinar especializado en la gestión y administración de comunidades de propietarios en Málaga, con servicios vinculados a contabilidad, mantenimiento, incidencias, control de morosidad, cumplimiento legal y coordinación de juntas.

Cómo puede ayudarte Afinca con el cambio de administrador

En Afinca sabemos que una comunidad funciona mejor cuando sus propietarios pueden acceder a una gestión clara, profesional y cercana.

Somos un equipo multidisciplinar especializado en la gestión y administración de comunidades de propietarios en Málaga.

Si vuestra comunidad está valorando un cambio, podemos estudiar su situación, explicaros nuestra forma de trabajar y preparar un presupuesto claro y sin compromiso.

Puedes conocer nuestros servicios como administradores de fincas en Málaga o ponerte en contacto con nosotros para contarnos las necesidades de tu comunidad.

Cambiar de administrador puede parecer complicado al principio, pero con información, acuerdos claros y un buen traspaso puede convertirse simplemente en el inicio de una gestión más eficiente.

Preguntas frecuentes sobre el cambio de administrador de fincas

¿Se puede cambiar de administrador antes de que termine su mandato?

Sí. La Ley de Propiedad Horizontal establece que las personas designadas para los órganos de gobierno pueden ser removidas antes de que finalice su mandato mediante acuerdo de la Junta de Propietarios convocada en sesión extraordinaria.

Conviene, no obstante, comprobar también las condiciones contractuales existentes y valorar por separado cualquier posible consecuencia económica.

¿Quién puede convocar la junta para cambiar de administrador?

La convocatoria corresponde al presidente y, en su defecto, puede promoverse en los términos previstos por la Ley cuando lo solicite la cuarta parte de los propietarios o un número de ellos que represente al menos el 25 % de las cuotas de participación.

¿Qué mayoría hace falta para cambiar de administrador?

Al tratarse de un acuerdo para el que no se establece una mayoría especial, se aplica con carácter general el artículo 17.7 de la Ley de Propiedad Horizontal: en primera convocatoria, mayoría del total de propietarios y cuotas; en segunda, mayoría de asistentes que represente más de la mitad de las cuotas presentes.

¿El administrador saliente tiene que entregar la documentación?

El administrador que desempeña también las funciones de secretario tiene entre sus obligaciones legales custodiar la documentación de la comunidad a disposición de los titulares. Por ello, al producirse el relevo debe organizarse la puesta a disposición y el traspaso de la documentación necesaria para continuar la gestión.

 

Entradas recomendadas

1 Comentario


Añadir un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *